Las reformas de transparencia en México, Parte II

11 April 2014

Por Jesse Franzblau

El Senado de México ha terminado el proceso de evaluar 158 aspirantes, siete de los cuales estarán en el fundo de decisiones cruciales con respecto al gobierno abierto y el derecho a la verdad. Para los activistas por la transparencia y defensores de derechos humanos, la selección de los siete asientos del pleno del IFAI es un momento histórico.

Entre los candidatos destacan académicos, ex militantes de partidos, funcionarios de otros órganos de transparencia, y proponentes de transparencia con antecedentes en la sociedad civil. Dentro de los candidatos notables hay Cecilia Azuara Arai, un proponente de la transparencia con años de experiencia y especialista en derecho constitucional por la UNAM. Azuara es actualmente la Secretaria de Acceso a la Información del IFAI, y más recién ha sido responsable de implementar en varias áreas del IFAI la reforma constitucional. La lista de candidatos también incluye otros afiliados con UNAM, como el Doctor Ernesto Villanueva Villanueva, ex miembro del Grupo Oaxaca – la coalición de sociedad civil la cual propuso los planteamientos para la Ley Federal de Transparencia en el 2001 (ver El Universal perfiles de los aspirantes).

El Secretario de Protección de Datos del IFAI, Alfonso Oñate Laborde, también se encuentra en la lista de candidatos. Oñate Laborde fue dirigente del PRI en 1995, consejero de la Jurídica Federal, y ha ocupado diversos cargos den la Suprema Corte. Él es entre una cantidad de aspirantes con afiliaciones partidistas o reconocidas por sus vínculos con el ejecutivo o altas esferas de poder judicial. Activistas por la libertad de expresión y el derecho a acceso a la información, han expresado preocupación sobre los candidatos con respecto a sus afiliaciones estatales del pasado lo cual podría poner en riesgo la autoridad del IFAI y su capaz hacer decisiones independientes (ver el monitoreo ciudadano con información sobre perfiles de los candidatos, por Article 19, Borde Político, and Fundar).

La masacre San Fernando y las recoluciones de IFAI sobre casos de derechos humanos

Para los defensores del derecho a la verdad, muchos aspectos están en juego. Entre los poderes del nuevo pleno del IFAI, es posible que sea la autoridad hacer la decisión sobre el acceso a la información con respecto al caso de la masacre de San Fernando – el asesinato de 72 migrantes ocurrido en el estado de Tamaulipas en 2010 (Ver última entrada sobre el caso de San Fernando).La decisión reciente en lo que el juez sexto de distrito en el DF concedió el ampro a Ana Cristina Ruelas, abogada con el Articulo 19, para que el IFAI analice si existen violaciones graves a derechos humanos en la investigación que realiza la PGR sobre el caso. De ser así, aplicaría la excepción a la reserva de información de averiguaciones previas y se haría entrega de la misma. Si vayan a revisión en el caso (ante los Tribunales Colegiados de Circuito o la SCJN), entonces quien resolverá al final serán las nuevos comisionados.

El caso es de suma importancia con respecto a los esfuerzos buscar la verdad sobre abusos hacia migrantes y en la afirmación del reconocimiento del derecho a la información como un derecho humano. La ex comisionada presidenta del IFAI, Jaqueline Peschard, ha expresado su opinión sobre el caso, destacando que “la sentencia es ejemplar pues pone de relieve la importancia que ha adquirido el derecho a saber y conocer sobre violaciones graves de derechos humanos.”

Activistas por el derecho a acceso a la información ha destacado la importancia de seleccionar comisionados quienes están capaces implementar marco regulatorio que máxime el derecho de acceso a la información. Articulo 19 ha notado las deficiencias de unos de los candidatos, como el caso de Fernando Batista Jiménez que siendo el Quinto Visitador de la CNDH no ha sido proclive de la protección de derechos humanos de migrantes. Ahora él está buscando ser Comisionado del IFAI, y hay muchos casos como así los cuales están dentro de los aspirantes.

En consideración de la decisión recién sobre la masacre de San Fernando, será instructivo considerar casos pasados en lo que IFAI ha ordenado agencias federales hacer pública sus averiguaciones previas. IFAI ha invocado la clausula en artículo 14 (último párrafo) de la Ley Federal de Transparencia que establece una salvedad en la reserva de las averiguaciones previas, cuando se investigan violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad (ver la Ley de Transparencia Federal). La clausula ha sido citado como un modelo para otros países que adopten legislación con el fin promover el derecho a la verdad sobre violaciones del pasado.

En un caso de 2009, IFAI citó la clausula del artículo 14 en el caso del El Charco, Guerrero, donde el ejército mató 11 personas en un operativo en el 1998. IFAI ordenó al PGR desclasificó una versión publica de su averiguación previa sobre el caso en 2009 (IFAI Resolución 3804/09).

En varios otros casos, IFAI ha emitido resoluciones en favor a solicitantes buscando documentos relacionados a la investigación del Fiscal Especial asignada investigar la guerra sucia de los 1960s-1980s. Entre los dichos casos se encuentra los archivos sobre la masacre de Tlatelolco de 1968 (IFAI Resolución 1311/10) y la desaparición forzada del Rosendo Radilla, detenido por el ejército en Guerrero en 1974 (IFAI Resolución 5110/08). En los dichos casos, IFAI determinó procedente revocar la respuesta de la PGR y se instruye elabore y entregue a versión pública de las averiguaciones previas.

Los casos referidos son ejemplares del precedente que ha establecido IFAI en sus determinaciones revocar decisiones de agencias federales clasificar información relativa a procesos de esclarecimiento y justicia para las violaciones de derechos humanos. Queda por verse si en nuevo IFAI va a hacer la decisión igual en el caso de San Fernando y establecer un precedente que protege los derechos de migrantes y asegure acceso a la información sobre abuses de tales derechos.

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